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Guía Práctica de financiación colaborativa

La Superintendencia Financiera presentó la guía práctica sobre la financiación colaborativa en Colombia, actividad también conocida como crowdfunding.


El documento pretende facilitar la comprensión de este modelo de financiamiento para inversionistas, emprendedores y empresas con el fin de que continúen adelantando sus proyectos innovadores.


Además, proporciona orientación, fomenta la transparencia y promueve las mejores prácticas para la consolidación de un entorno robusto y seguro para el desarrollo de este modelo en Colombia.



¿Qué es el crowdfunding o financiación colaborativa?


Fuente: Freepik.com

La economía colaborativa se apoya en el uso de plataformas tecnológicas, como aplicaciones y páginas web, para conectar de manera directa y sin intermediarios a quienes necesitan recursos de financiación con quienes sí los tienen.


Este modelo permite recaudar fondos, resolver necesidades de fondeo de recursos, ayuda a que los emprendedores superen dificultades financieras y puedan cumplir sus objetivos corporativos.


Tipos de Crowdfunding


A. Crowdfunding de capital: las personas adquieren una participación en una empresa a través de un instrumento representativo de capital. Este modelo es asimilable a la compra o venta de acciones en una bolsa de valores, o a otros instrumentos de capital de riesgo (venture capital) en los que se destinan recursos para financiar empresas nuevas.


B. Crowdfunding de deuda: las personas adquieren un instrumento representativo de una deuda a su favor, lo cual puede incluir el pago de intereses sobre el capital prestado durante el plazo de su vigencia. Permite a las personas prestar dinero a empresas a cambio del el reembolso del monto principal. Es asimilable a la compra o venta de bonos.


C. Crowdfunding basado en recompensas: las personas hacen donaciones a un proyecto o empresa con la expectativa de recibir a cambio una recompensa no financiera, como bienes o servicios, en una fase posterior a cambio de su contribución.


D. Crowdfunding basado en donaciones: las personas donan pequeñas cantidades para alcanzar el objetivo de financiación más amplio de un proyecto benéfico específico sin recibir ninguna recompensa económica o material.


E. Reparto de beneficios o ingresos: las empresas pueden compartir beneficios o ingresos futuros con las personas a cambio de financiación inmediata.


F. Préstamos entre personas: la comunidad de la plataforma presta dinero a una persona o empresa con el entendimiento de que el dinero se devolverá con intereses. Es similar al préstamo tradicional de un banco, salvo que se pide prestado a muchos inversionistas, quienes asumen el riesgo de crédito.


G. Modelos híbridos: algunas plataformas ofrecen la oportunidad de combinar elementos de más de un tipo de financiación de las anteriores.



¿Quién participa en la financiación colaborativa?


En esta actividad se recaudan recursos de un número de inversionistas (aportantes) para el desarrollo de un proyecto productivo propuesto por un receptor. Ellos se contactan a través de una plataforma electrónica de una sociedad de financiación colaborativa (SOFICO), autorizada por la SuperFinanciera para esta actividad.


¿Qué es un proyecto productivo?


Es aquel desarrollado por personas jurídicas, patrimonios autónomos, fondos de inversión colectiva, entre otros, con el fin de obtener una rentabilidad económica a partir de actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios.


¿Quiénes pueden ser aportantes? Cualquier persona.

Existen dos clases de aportantes:


1. Calificados: son aquellos que, al momento de realizar una inversión para adquirir valores de financiación colaborativa, cumplen con uno o más de los siguientes requisitos:


a) Un patrimonio igual o superior a 263.130,20 Unidades de Valor Tributario - UVT (que para 2024 equivale a COP $12.384.222.863).


b) Ser titular de un portafolio de inversión en valores, distintos a valores de financiación colaborativa igual o superior a 131. 565,10 UVT (que para 2024 equivale a COP $6.192.111.431,50).


c) Tener la certificación de profesional del mercado como operador, expedida por un organismo autorregulador del mercado de valores.


d) Tener la calidad de entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.


e) Ser un organismo financiero extranjero o una multilateral.



2. No calificados: aquellos que no cumplen las condiciones para considerarse calificados.


Para los aportantes no calificados existe un límite para el monto de su inversión en valores de financiación colaborativa (sin importar si son representativos de capital o deuda) según el cual no podrán comprometerse a invertir o invertir más del 20% de sus ingresos anuales o de su patrimonio, el que resulte mayor. Este límite no aplica para los aportantes calificados.



Descargue aquí la guía práctica de la actividad de financiación colaborativa en Colombia 2024.




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