02 · Resolución de conflictos
Negociación directa y conciliación
Acuerdos extrajudiciales ante centros de conciliación y procesos de negociación directa que evitan el desgaste del litigio.
Qué hacemos
No todo conflicto debe llegar a juicio. Conducimos negociaciones directas y conciliaciones ante centros autorizados, para alcanzar acuerdos que evitan el desgaste, el costo y la incertidumbre del litigio. Negociamos desde una posición informada por la estrategia litigiosa, lo que fortalece el acuerdo.
Qué incluye
Buscamos el acuerdo que evita el litigio cuando conviene al cliente.
- Negociación directa entre las partes
- Conciliación ante centros autorizados
- Conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad
- Mediación con un tercero neutral
- Diseño de fórmulas de arreglo
- Redacción de acuerdos de transacción
- Seguimiento del cumplimiento del acuerdo
Cuándo conviene llamarnos
Antes de demandar, para saber qué se puede obtener negociando y qué solo se logra en juicio.
Cuando la ley exige conciliación extrajudicial antes de acudir al juez.
Cuando el conflicto amenaza una relación comercial que conviene conservar.
Cuando la contraparte ofrece un acuerdo y hay que valorarlo contra el resultado probable del proceso.
Cuando el acuerdo se firmó y no se está cumpliendo.
Qué gana el cliente
- Sabe cuánto vale su caso antes de negociar. Un acuerdo se evalúa contra el resultado probable del litigio, no contra el deseo.
- Controla el resultado y el plazo. En el acuerdo decide el cliente; en la sentencia decide el juez, y años después.
- Conserva la relación comercial. La conciliación es privada y no deja el rastro público de un pleito.
