Ley 2439 de 2024 - Ley de Comercio Electrónico
- Arrubla Devis
- 31 mar
- 3 Min. de lectura
La Ley 2439 de 2024 modificó la Ley 1480 de 2011, introduciendo medidas importantes en favor de los consumidores de comercios electrónicos.
Los principales cambios que trae la nueva norma se centran en el deber de establecer canales que conecten eficazmente a proveedores con consumidores, además de ofrecer información clara sobre los productos y servicios. De la misma manera, se refuerza la facultad de la Superintendencia de Industria y Comercio para proteger a los consumidores a través de sus decisiones.
Derecho de retrato
La Ley 1480 de 2011 consagra el derecho a retractarse para los consumidores electrónicos que usen métodos de compra no tradicionales o a distancia. Esta nueva ley incluye el deber, para los vendedores, de devolver el dinero pagado por el consumidor a través del mismo medio de pago usado por este. Además, se modifica el plazo para realizar la solicitud del dinero: antes era de 30 días calendario y ahora será de 15 días calendario, contaos desde que se ejerce el derecho de retracto.
Deberes de los proveedores de comercio electrónico
La nueva ley establece las siguientes modificaciones en materia de deberes de los proveedores y expendedores que usen medios electrónicos.
En materia de productos alimenticios, no es obligación de los proveedores y expendedores suministrar el lote de fabricación y la fecha de vencimiento del producto, sin embargo, sí deberán entregarse antes de su fecha de vencimiento.
El proveedor deberá entregar el pedido dentro del plazo aceptado por el consumidor, el cual debe ser informado antes de finalizar cualquier transacción de comercio electrónico, en caso de no haberse pactado o establecido, el plazo será de 30 días calendario.
De no haber disponibilidad del producto solicitado, el consumidor deberá ser informado. Adicionalmente, en este caso el proveedor tendrá la posibilidad de establecer una segunda fecha de entrega del producto, a solicitud del consumidor.
Si el producto no se entrega dentro del plazo pactado, el consumidor tendrá derecho a resolver o terminar el contrato, y por ende a que se le devuelva el dinero pagado.
Esta nueva norma introduce la definición de portales de contacto y añade la obligación para los proveedores de crear un enlace directo con el consumidor, con el fin de encontrar una solución efectiva a las problemáticas presentadas.
¿Qué son los portales de contacto?
Son plataformas electrónicas que sirven como punto de encuentro entre los que ofrecen un producto y aquellos que quieren obtenerlo. Los portales de contacto tienen como función poner en relación a dos personas, sin tener un vínculo directo ni participar en la relación de consumo.
Refuerzo en materia de protección por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Las órdenes emitidas por la SIC con el objetivo de prevenir daños o perjuicios a los consumidores, derivados del incumplimiento de las normas de protección al consumidor, no serán susceptibles de recurso alguno.
Además, la ley establece que cuando se realicen operaciones de crédito a través de sistemas de financiación electrónicos, todos los cargos por concepto de uso de tecnología se reputarán como intereses. Esto implica que el proveedor debe informar al consumidor sobre los cargos asociados al crédito, aclarando cuáles hacen parte de los intereses causados.
Además, la ley indica que no se reputarán como intereses los cobros a cargo del consumidor que le hayan sido debidamente informados y que se causen con independencia al crédito.